25 Juin 2020
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Y es cierto que algunos ayudan a crear un ambiente propicio para la innovacion. (Lea: Las exenciones tributarias).Lo unico cierto es la incertidumbre que rodea el tema.Es decir, aumentando la cantidad de colombianos que pagan renta.Se trata, en sus palabras, ?de llamar la atencion sobre el uso generalizado e injustificado de estos beneficios, sin verificar si cumplieron sus objetivos, su costo-beneficio y su impacto fiscal?.Al preguntarle al nuevo gabinete, la respuesta fue que apenas estaban empalmando.En ultimas, se trata de evaluar si los argumentos que le aplaudieron los empresarios a Carrasquilla en Cartagena, y que han sido esgrimidos por presidente tras presidente y ministro tras ministro de Hacienda, son tan solidos como los presentan.Sin embargo, hay quienes creen que Carrasquilla, como sus antecesores, manipula la realidad bajo ese argumento. TRIBUTACIÓN Y MINERÌA EN CHILE.
56768.56.34.99Se entendera efectuada la inversion cuando se hayan realizado los gastos o trabajos a que se refiere el articulo anterior o recibido el inmovilizado.Solo podra disponerse libremente de las reservas constituidas en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 3, en la medida en que se vayan amortizando las inversiones, o una vez transcurridos 10 anos desde que se suscribieron las correspondientes acciones o participaciones financiadas con dichos fondos.Estos hechos podran ser objeto de comprobacion durante este mismo periodo.En el caso de liquidacion de la entidad, el importe pendiente de aplicacion del factor de agotamiento se integrara en la base imponible en la forma y con los efectos previstos en el apartado anterior.En cada periodo impositivo deberan incrementarse las cuentas de reservas de la entidad en el importe que redujo la base imponible en concepto de factor de agotamiento.INVESTIGACION Y EXPLOTACION HIDROCARBUROSPregunta?En que cuantia deberan incrementarse las reservas y hasta cuando seran indisponibles las mismas, co.
Regimen aplicable a las entidades que desarrollen actividades de exploracion, investigacion y explotacion o beneficio de
Aunque en el papel estas empresas deben pagar el 25 % sobre sus ganancias, luego de una serie de beneficios legales pagan apenas un 2 %. Ni la DIAN ni Minhacienda dan explicaciones. Estudio de la Red de Justicia Tributaria..
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